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Aquí todo lo referente al trámite de familiar comunitario, reagrupación y demás.

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  • Sí, te lo han denegado incorrectamente. 1. Empadronamiento sin CUE Para empadronarse no pueden exigir el CUE. La normativa del padrón dice que la identificación se puede hacer con: • DNI del país de la UE • Pasaporte • NIE (si lo tienes, pero no es obligatorio) El padrón no depende de la situación de extranjería, solo de vivir en el domicilio. Esto lo establece la normativa del padrón municipal (Resolución del INE sobre gestión del padrón). Si queréis reclamar, debéis decir en el ayuntamiento: El empadronamiento no puede condicionarse a la posesión del CUE, basta con documento de identidad y acreditar el domicilio. 2. CUE sin empadronamiento Aquí viene el problema importante: Para el CUE (certificado de registro de ciudadano de la UE) normalmente piden: • Formulario EX-18 • Tasa • Medios económicos / contrato / autónomo • Seguro médico (si no trabajas) • Empadronamiento En muchas comisarías sí lo piden, porque sirve para demostrar que resides en esa provincia. Si vais sin empadronamiento: • En algunas comisarías lo hacen igual • En otras os dirán que faltan documentos Qué hacer (muy práctico) Intentad antes del viernes: 1. Volver al ayuntamiento 2. Pedir hoja de reclamaciones o registro 3. Solicitar empadronamiento por escrito 4. Que os den volante o certificado provisional Con eso ya podéis ir al CUE. Si no os empadronan, llevad al CUE: • Contrato de alquiler / autorización vivienda • Facturas • Cualquier prueba de domicilio Porque el problema real no es el padrón, es que sin acreditar domicilio os pueden no hacer el CUE.

  • Sí, se puede hacer la jura de nacionalidad ante notario en lugar de en el Registro Civil, pero hay dos condiciones importantes: 1. Debes tener la resolución de concesión de nacionalidad. 2. El notario debe estar habilitado para juras de nacionalidad (no todos lo hacen). Lo que te ocurre es normal: muchas notarías pequeñas no hacen juras. Sobre tu caso concreto hay un problema importante: Dices que vives en Tomiño (Galicia) pero preguntas por Andalucía, así que lo importante es esto: La jura ante notario no tiene que ser en tu provincia, puedes hacerla en cualquier notaría de España que ofrezca el servicio. Qué debes hacer: • Llamar a notarías de ciudades grandes. • Preguntar: “¿Hacen juras de nacionalidad española por notario?” Notarías donde suelen hacerlo: • Vigo • Pontevedra • A Coruña • Madrid • Barcelona • Sevilla • Málaga Pide cita para: “Jura de nacionalidad española ante notario por concesión del Ministerio de Justicia” Documentos que te pedirán: • Resolución de concesión • NIE / TIE • Pasaporte • Certificado de empadronamiento (a veces) • Correo donde te notificaron la nacionalidad Después de la jura: El notario envía todo al Registro Civil y te inscriben el nacimiento como español. Luego podrás pedir DNI y pasaporte.

  • Requisitos en la Comunidad de Madrid (dos extranjeros) Matrimonio civil • Pasaporte vigente de ambos. • Certificado literal de nacimiento de ambos (legalizado / apostillado y, si procede, traducido). • Certificado de estado civil (soltería / divorcio / viudez) de ambos (legalizado / apostillado). • Empadronamiento en un municipio de la Comunidad de Madrid (normalmente se exige antigüedad mínima; varía por ayuntamiento). • Comparecencia para expediente matrimonial en el Registro Civil o Ayuntamiento. • Testigos (normalmente 2) el día de la boda. • Si alguno estuvo casado: sentencia de divorcio o certificado de defunción del cónyuge anterior. Pareja de hecho (Registro de Uniones de Hecho de Madrid) • Pasaporte vigente de ambos. • Certificado de estado civil de ambos (legalizado / apostillado). • Empadronamiento conjunto en la Comunidad de Madrid (habitualmente 12 meses previos; puede variar según oficina). • Acreditación de convivencia (empadronamiento histórico / contrato de alquiler conjunto / declaraciones). • Escritura o acta notarial de constitución de pareja (en algunos casos). • No parentesco entre ambos. • Comparecencia personal para inscripción. Notas • La situación administrativa (regular o irregular) no impide ni el matrimonio ni la pareja de hecho. • Los plazos y exigencias concretas pueden variar por municipio / registro.

  • En el caso de una pareja de hecho donde cada miembro reside en una provincia distinta, el problema principal es demostrar la convivencia estable y continua, que es un requisito clave para que Extranjería valore el tiempo de convivencia a efectos de regularización. Si no viven en el mismo domicilio, Extranjería puede no computar ese tiempo como convivencia efectiva, a menos que se pueda justificar con pruebas adicionales como: • Viajes frecuentes entre provincias (billetes, reservas, etc.). • Estancias prolongadas en la vivienda del otro (empadronamientos temporales, contratos de alquiler conjuntos, facturas a nombre de ambos). • Cuentas bancarias compartidas o transferencias habituales entre ambos. • Declaraciones de testigos que acrediten la relación estable. • Registro de pareja de hecho en alguna comunidad que no exija convivencia en el mismo domicilio. Si el objetivo es obtener la residencia como familiar de ciudadano de la UE, lo ideal sería que ambos estuvieran empadronados en el mismo domicilio, ya que Extranjería suele exigir pruebas sólidas de convivencia real.

  • Buenos días prixliners, hoy fui a extranjería de Valladolid y me informaron que la estancia por estudio puede presentarse con acompañante, en mi caso bebé de 2 años, si lo hacen por la plataforma mercurio deben hacer 2 solicitudes la de ustedes y otra del acompañante, en caso de ser menor de edad la partida de nacimiento apostillada, autorización del padre o madre, el 75% del Iprem, seguro médico, pasaporte y el formulario EX00 ponen en otro. Acompañante En caso de ser niños pueden acceder a la educación sin problema, no me dieron información de qué trámite se debe hacer cuando ya se modifique a residencia y trabajo, me dijeron que esperara a llegar a ese momento.

  • Mira Elena 👇 Cuando un acompañante es menor de edad y ya está en España, la situación se complica un poco en comparación con la reagrupación familiar tradicional, en la que el acompañante debe esperar en el país de origen. Sin embargo, hay algunas opciones para regularizar la situación de un menor en España, dependiendo de las circunstancias específicas. ### 1. Entrada del Menor como Turista o sin Visado: - Si el menor entró a España como turista o sin visado (en el caso de países con exención de visado), estaría legalmente en España por un tiempo limitado, normalmente 90 días. - En este caso, es posible solicitar una autorización de estancia por estudios o una reagrupación familiar directamente en España siempre y cuando el menor esté dentro del período legal de estancia. Sin embargo, no es un proceso automático y depende de varios factores. ### 2. Reagrupación Familiar en España (Excepciones): - Aunque la normativa general indica que la reagrupación familiar debe iniciarse desde el país de origen, hay situaciones en las que el menor podría regularizarse desde dentro de España. Esto incluye casos excepcionales o humanitarios, o cuando se trate de menores en situación vulnerable. - Es posible que, si el menor está en España, se pueda solicitar una reagrupación familiar por circunstancias excepcionales directamente desde España, argumentando la necesidad de mantener la unidad familiar. ### 3. Arraigo Familiar o Social: - Otra opción sería intentar regularizar la situación del menor a través de mecanismos como el arraigo familiar oira Elena 👇 Cuando especialmente si ha estado en España durante un tiempo considerable, está escolarizado o tiene vínculos importantes en el país. - El arraigo familiar puede aplicarse en algunos casos si uno de los padres del menor tiene ya un permiso de residencia y el menor depende de él. ### 4. Permiso de Residencia por Razones Humanitarias: - En situaciones donde el menor se encuentre en una situación de vulnerabilidad, las autoridades españolas pueden conceder un permiso de residencia por razones humanitarias, sobre todo si su estancia en España es esencial para su bienestar. ### 5. Solicitud de Regularización desde España: - En algunos casos, si se puede justificar adecuadamente la estancia del menor en España (por ejemplo, razones educativas o de salud), y si cumples con los requisitos para la reagrupación familiar, podrías intentar regularizar la situación del menor sin necesidad de que regrese al país de origen. ### Conclusión: En resumen, aunque la normativa general indica que la reagrupación familiar debe iniciarse desde el país de origen, existen situaciones en las que un menor ya presente en España podría regularizarse sin necesidad de regresar. Esto dependerá de la situación específica del menor, de los vínculos familiares, del tiempo de estancia en España y de la capacidad para demostrar la necesidad de mantener la unidad familiar.

  • Buenas tardes, Para redactar un acta de voluntad para el arraigo de cuidadores, es importante que incluyas ciertos elementos clave que aseguren que el documento cumpla con los requisitos legales. A continuación, te proporciono un ejemplo y una guía sobre los datos que debes incluir: ### Modelo de Acta de Voluntad ACTA DE VOLUNTAD En [Ciudad], a [Día] de [Mes] de [Año]. Ante mí, [Nombre del Notario], Notario del Ilustre Colegio Notarial de [Ciudad], comparece: DON/DOÑA [Nombre completo del compareciente], mayor de edad, con DNI/NIE/Pasaporte número [Número del documento], con domicilio en [Dirección completa]. MANIFIESTA: PRIMERO.- Que es de nacionalidad española. SEGUNDO.- Que [Nombre del compareciente] necesita asistencia personal y/o cuidados continuos debido a [razones de salud o dependencia]. TERCERO.- Que [Nombre del compareciente] designa como su cuidador/a a DON/DOÑA [Nombre completo del cuidador], con DNI/NIE/Pasaporte número [Número del documento], de nacionalidad [Nacionalidad], con domicilio en [Dirección completa]. CUARTO.- Que el designado/a cuidador/a ha venido prestando servicios de cuidado a [Nombre del compareciente] desde [Fecha de inicio de los cuidados]. QUINTO.- Que el compareciente expresa su voluntad de que DON/DOÑA [Nombre completo del cuidador] continúe prestándole los cuidados necesarios. SEXTO.- Que esta manifestación de voluntad se realiza para los efectos de la tramitación del arraigo para cuidadores, conforme a lo establecido en la normativa vigente. Y para que así conste, firma la presente acta en [Ciudad], a [Día] de [Mes] de [Año]. [Firma del compareciente] [Firma del Notario] [Lugar para el sello de la notaría] ### Instrucciones para completar el documento: 1. Datos del Notario y del Compareciente: - Nombre completo del notario y del compareciente. - DNI/NIE/Pasaporte del compareciente. - Dirección del compareciente. 2. Manifestaciones: - Declarar la nacionalidad del compareciente. - Indicar la necesidad de asistencia personal y/o cuidados continuos del compareciente. - Designar a la persona que ha estado prestando los cuidados, incluyendo su nombre completo, DNI/NIE/Pasaporte, nacionalidad y dirección. - Incluir una mención sobre el inicio de los cuidados (fecha desde la cual el cuidador ha estado prestando servicios). - Expresar la voluntad del compareciente de que el cuidador continúe prestando los cuidados necesarios. - Señalar que esta manifestación de voluntad se realiza para los efectos de la tramitación del arraigo para cuidadores. 3. Firmas y Sello: - Firma del compareciente. - Firma del notario. - Espacio para el sello de la notaría. Este es un modelo básico, y es posible que el notario quiera hacer ajustes específicos para que el documento cumpla con todos los requisitos legales necesarios. Te recomiendo llevar este borrador a la notaría y revisarlo junto con el notario para asegurarte de que cumple con lo solicitado para el arraigo de cuidadores. Cualquier duda que tengas, pásate si quieres por el zoom que haremos el sábado sábado y lo vemos y te ayudamos con la inteligencia colectiva 🙂

  • Sí, 🙂en España es posible constituir una pareja de hecho ante notario. Este proceso permite formalizar la relación mediante una Escritura Pública, lo cual es una alternativa rápida y eficaz, ya que no se requiere solicitar cita previa en el registro y el trámite es inmediato¹. La escritura notarial tiene la misma validez legal que la inscripción en el registro de parejas de hecho¹. Los requisitos generales para formalizar una pareja de hecho ante notario en España incluyen¹: - Ambos miembros deben estar registrados en la misma dirección postal. - Se puede exigir un período mínimo de convivencia, dependiendo de la región. - La pareja debe registrarse mediante escritura pública ante notario. - Ambos miembros deben ser mayores de edad o emancipados. - Ninguno de los miembros puede estar casado con otra persona. La documentación necesaria suele incluir¹: - Certificado de empadronamiento. - Pasaportes de ambos miembros. - Libro de familia (si tienen hijos). - Pruebas de convivencia en el mismo domicilio. - Certificado de soltería. Es importante tener en cuenta que el proceso puede variar ligeramente dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que se realice el trámite. (1) Hacerse Pareja de Hecho Ante Notario | Requisitos | Documentación. https://divorcioyseparaciones.com/como-hacerse-pareja-de-hecho/. (2) Constitución de pareja de hecho ante Notario. Efectos personales.. https://www.jlanotarios.com/blog/pareja-de-hecho-ante-notario.html.

  • Según la normativa vigente, el arraigo familiar es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se puede conceder a los hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles¹. Para solicitarlo, se deben cumplir los siguientes requisitos²: - No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión. - No tener antecedentes penales en España ni en los países donde haya residido durante los últimos cinco años, por delitos existentes en el ordenamiento español. - Ser hijo de padre o madre que hubiera sido originariamente español. - Acreditar la filiación mediante partida literal de nacimiento expedida por el Registro Civil español o, en su caso, certificado de nacionalidad o pasaporte español del padre o la madre. - Carecer de prohibición de entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido. - No encontrarse irregularmente en territorio español. En caso de encontrarse en esta situación, deberá solicitar previamente la cancelación de la multa impuesta por la infracción de la Ley de Extranjería. Para demostrar que se está a cargo del padre o la madre español, se puede presentar documentación que acredite la dependencia económica, como por ejemplo, transferencias bancarias, envíos de dinero, etc². El arraigo familiar se puede solicitar tanto desde España como desde el país de origen o residencia del solicitante². Si se solicita desde España, se debe estar en situación legal de estancia, es decir, no haber superado el tiempo de turista (90 días) o tener una autorización de residencia en vigor³. Si se solicita desde el país de origen o residencia, se debe presentar la solicitud en el consulado español correspondiente⁴. (1) Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales .... https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/w/autorizacion-residencia-temporal-por-circunstancias-excepcionales.-arraigo-familiar. (4) Solicitudes Telemáticas de Autorizaciones de Extranjería .... https://sede.administracionespublicas.gob.es/pagina/index/directorio/mercurio2. (5) Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales .... https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/w/autorizacion-residencia-temporal-por-circunstancias-excepcionales.-arraigo-familiar. (7) Solicitudes Telemáticas de Autorizaciones de Extranjería .... https://sede.administracionespublicas.gob.es/pagina/index/directorio/mercurio2. (8) AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES POR ARRAIGO .... https://mpt.gob.es/dam/es/portal/delegaciones_gobierno/delegaciones/madrid/servicios/extranjeria/1_Arraigo_familiar-inicial.pdf.pdf. (9) Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales .... https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/w/arraigo-formacion.

  • Costes (Año 2023): 1.- Certificado de residente: 9,40€ 2.- Certificado de antecedentes penales: Variable, depende del país que lo expide, más lo que cobren por la apostilla. (Sumar también el costo del envío del documento por mensajería postal, aproximadamente 50,00€). 3.- Volante de empadronamiento (en la mayoría de los casos, es gratuito). 0,00€ 4.- Modelo de Solicitud de Nacionalidad (Gratuito). 0,00€ 5.- Examen CCSE: 85,00€ 6.- Pasaporte en vigor (Dependiendo si toca renovarlo, cada país pone su tarifa). 7.- Pago de tasas: 104,05€ En caso de contratar abogado; sumar sus honorarios. Actualmente cobran entre 300,00€ y 400,00€, pero cada profesional es libre de poner sus honorarios. Si la solicitud resulta favorable; ✅ sumar además los siguientes gastos: * Jura de Nacionalidad. Si se hace en el Registro Civil, no tiene costo; pero si lo haces a través de notaría, cada notario tiene su tarifa. Aproximadamente son 150,00€ Ya hecha la jura; se te emitirá tu Partida de Nacimiento Española. Verifica que tus datos sean correctos. * Emisión de DNI y Pasaporte Español. Fotos a color, fondo blanco: entre 5,00€ y 10,00€ DNI: 12,00€ Pasaporte: 30,00€ * Certificado de Concordancia: 7,31€ (Necesario para hacer los respectivos cambios ante la Seguridad Social, Hacienda, Ayuntamiento, bancos donde tengas cuenta bancaria, carnet de biblioteca, carnet de conducir, tarjeta sanitaria). En total, el gasto aproximado para obtener la nacionalidad española por residencia; suma entre 500,00€ y 900,00€. Esos costes varían dependiendo si contratas o no abogado, de las tasas que cobre tu país de origen para los documentos como pasaporte, partida de nacimiento, apostillas, certificado de antecedentes penales, envío de los mismos, etc. Aunque la cantidad puede ser fuerte para muchos, esos gastos no se realizan juntos, pero es conveniente ahorrar desde el inicio. Espero esta información sea de utilidad para quienes estén pensado en tramitar su nacionalidad. Mucha suerte a todos y ojalá pronto podamos ver a más de uno con su objetivo conseguido. 🙂🙂🙂👏👏

  • Procedimiento y costos para tramitar nacionalidad española por residencia. (Siendo de un país hispanohablante). 1.- Haber cumplido 2 años de residencia legal continuada. ¿Como saber si cumplo el tiempo requerido? Solicita en la comisaría de policía nacional más cercana a tu domicilio un certificado de residencia. Ahí viene un historial de los permisos de residencia otorgados y su duración. Podrás ver el tiempo que llevas siendo residente legal y ver si ya tienes los 2 años cumplidos. 2.- Certificado de antecedentes penales de tu país de origen. Apostillado y en su caso, traducido al español. Antigüedad máxima para ser válida y presentada en España: 3 meses contados a partir de la fecha de expedición. 3.- Volante de empadronamiento con antigüedad máxima 3 meses. 4.- Modelo de Solicitud de Nacionalidad debidamente llenado y firmado. (Modelo disponible en sitio web oficial del Ministerio de Justicia). 5.- Certificado de haber aprobado el examen de conocimientos y cultura emitido por el Instituto Cervantes. (Validez: 4 años desde la fecha de expedición). Debe traer la leyenda de “APTO” así como el código QR donde la autoridad verificará la autenticidad del documento. 6.- Pasaporte en vigor. (Todas las páginas). 7.- Comprobante del pago de tasas. 8.- Partida de Nacimiento del país de origen, apostillada. (Depende cada país el costo). Toda la documentación se presentará de preferencia por vía telemática, con certificado digital. Todo debe estar digitalizado en formato pdf. Debe ser claro y con los folios completos, nítidos y bien escaneados. Si prefieres hacerlo con abogado, deberás saber su nombre completo y verificar en la página de Red de Abogacía, en la sección “Censo de Letrados” si en efecto es abogado. Existen muchas estafas de personas víctimas de fraudes. Verificar ese dato es sencillo y te toma menos de 5 minutos hacerlo. Tu abogado debe entregarte un número de expediente para que puedas ir dando seguimiento a lo largo del proceso. En 2023 el tiempo de resolución ronda los 6 meses; aunque si te hacen requerimientos el tiempo aumenta un mes o dos, dependiendo cuanto tardes en aportar lo requerido. Ningún abogado puede garantizar resoluciones rápidas, ya que eso depende de los funcionarios disponibles para resolver los expedientes, o si se está en temporada vacacional. Quien te prometa soluciones rápidas, mejor cuidarse y dudar.

  • Presenté: formulario EX 10. Fotocopia de todo el pasaporte. Antecedentes penales de los últimos 5 años de mi país de origen. Empadronamiento que acredita que vivo bajo el mismo techo de española discapacitada o que necesita apoyo para realizar sus actividades. DNI de española. Resolución de dependencia emitido por Bienestar social. Junto con certificado médico. Resguardo de trámite por discapacidad de española. Y la tasa de trámite por 38.25 nada más y en 1 semana lo aprobaron. Les cuento p que cobren ánimo y sepan que si se puede por ser cuidador de un español discapacitado

  • Beneficios de familias numerosas en la Comunidad de Valencia: https://inclusio.gva.es/documents/610740/703749/Guía%20de%20recursos%20de%20Familias%20Numerosas%20/8f8f51c3-7cdd-4288-9132-a89acf04e73b

  • En este enlace tienes el procedimiento para la pareja de hecho en Andalucía, lo puedes hacer de manera presencial y a través del certificado digital si lo tienes, lee con atención que está contenida toda la información y es muy sencilla 🔽🔽🔽 https://www.juntadeandalucia.es/organismos/inclusionsocialjuventudfamiliaseigualdad/areas/familias/parejas-hecho.html

  • 👉🏻DECLARACIÓN DE BUENA VOLUNTAD DEL ESPAÑOL A FAVOR DEL CUIDADOR👈🏻 Por PriXline 2023

  • 👉🏻RESIDENCIA CUIDADOR DE CIUDADANO ESPAÑOL MITOS Y VERDADES👈🏻 por PriXline ✅

  • Te escribo algunas de las diferencias más sensibles, tendrá algunas más que no son dramáticas. Arraigo de familiar de comunitario. 1️⃣Lo promueve el familiar. 2️⃣Debe estar en España. 3️⃣No requiere contrato de trabajo. 4️⃣No requiere seguro privado. 5️⃣Toma un poco más de tiempo en ser resuelto. 6️⃣Si el vínculo se disuelve, no se pierde la residencia. 7️⃣Otorga una residencia de cinco años con permiso de trabajo.. 8️⃣No incluye familia extensa Residencia por reagrupación familiares de comunitario 1️⃣Lo promueve el comunitario . 2️⃣Se puede tramitar estando en España o estando en el país de origen, a través de un visado de reagrupación. 3️⃣Requiere mostrar medios económicos de sustento familiar. 4️⃣Requiere la contratación de un seguro privado . 5️⃣Si el vínculo se disuelve, se deberá modificar a una residencia por el régimen general o algún otro tipo de residencia. 6️⃣Otorga una residencia por cinco años con permiso de trabajo Saludos

  • Hoy hay conversatorio, lee un poco la información y súmate esta noche ⚠️PASO A PASO ARRAIGO SOCIAL / Familiares ciudadanos españoles RD/629; art.124, #3, lit.”a”⚠️CUIDADOR Por PriXline ✅ (Enlaces oficiales actualizados 5/2022) * No requiere aportar medios económicos. * No requiere aportar contrato de trabajo. * No requiere aportar seguro médico privado. * No requiere periodos de permanencia previa. REQUISITOS A PRESENTAR ANTE EXTRANJERÍA 1️⃣Empadronamiento común con español 2️⃣DNI del español. 3️⃣Documento que Acredita el vínculo cuidador, informe médico de cabecera o declaración jurada del español a favor del cuidador. 4️⃣Aportar los antecedentes penales de 5 años incluyendo país de origen. 5️⃣Pagar la tasa 790-052, epígrafe 2.5 “autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales https://www.exteriores.gob.es/Consulados/londres/en/Information-consular-services/Documents/Formulario%20790-052.pdf 6️⃣Completar el formulario de arraigo EX-10 https://www.inclusion.gob.es/documents/410169/2156469/10-Formulario_CCEE.pdf 7️⃣Pasaporte del extracomunitario en vigor. PRESENTACIÓN ✅Se presentarán ante la Oficina de Extranjería de la provincia en la que el extranjero tenga fijado el domicilio. ✅Presentación telemática (mercuri@ ó ORVE®️) HOJAS INFORMATIVAS https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/w/autorizacion-residencia-temporal-por-circunstancias-excepcionales.-arraigo-familiar